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lunes, 27 de mayo de 2019

Cambiemos

La Convención Nacional de la  UCR se reunirá en horas de la tarde de este lunes para definir la política de alianzas y la estrategia electoral del partido. Sin embargo, Crónica tuvo acceso al documento que muestra la resolución del espacio radical con respecto a la continuidad enCambiemos.
El artículo número 1 del texto estipula la ratificación de "los acuerdos políticos nacionales aprobados por la Honorable Convención Nacional en su sesión del 15 de marzo de 2015,Cambiemos, y procurar su reformulación, ampliación, fortalecimiento, mejora e institucionalización".
La Convención Nacional de la  UCR reunirá a 347 convencionales que debatirán los pasos a seguir de cara al año electoral. Desde hace varios días los distintos sectores del radicalismo afirmaron que hay consenso como para ratificar la participación del partido en la alianza oficialista y el foco de la discusión pasó a los términos de esa continuidad.
El presidente de la  UCR Alfredo Cornejo, había filtrado un documento en el que se propone una "ampliación en una nueva coalición" para las próximas elecciones, es decir, una especie de reforma de  Cambiemos con figuras de otros espacios políticos, especialmente el peronismo.
RESOLUCIÓN DE LA H. CONVENCIÓN NACIONAL
ARTÍCULO 1°. Ratificar, en los términos del artículo 8° inc. j) de la Carta Orgánica Nacional, los acuerdos políticos nacionales aprobados por la Honorable Convención Nacional en su sesión del 15 de marzo de 2015, Cambiemos, y procurar su reformulación, ampliación, fortalecimiento, mejora e institucionalización a través de un programa común que responda a los preceptos doctrinarios de la Unión Cívica Radical y atienda los Lineamientos Fundamentales del Programa de Gobierno aprobados por la Convención Nacional.
ARTÍCULO 2°. De acuerdo con lo establecido en el artículo 1°, promover la formulación de una coalición con un esquema de funcionamiento reglado y sistémico que provea certidumbre en los procesos decisorios.
ARTÍCULO 3°. Constituir una Comisión de Acción Política integrada por el presidente del Comité Nacional, Alfredo Cornejo, los gobernadores Gerardo Morales y Gustavo Valdéz y dos (2) miembros nominados por la Mesa Directiva del Comité Nacional, a los efectos de procurar la ampliación de la coalición, su fortalecimiento e institucionalización.
ARTÍCULO 4°. Establecer las siguientes bases para la actuación de la Comisión de Acción Política:
1) la plataforma electoral deberá respetar los Lineamientos Fundamentales del Programa de Gobierno aprobados por esta Convención y los preceptos doctrinarios de la Unión Cívica Radical;
2) la participación de las autoridades de la Unión Cívica Radical en paridad de condiciones en la adopción y discusión de políticas y decisiones de gobierno;
3) los acuerdos políticos nacionales y distritales deberán potenciar la competitividad electoral de laUnión Cívica Radical en todas las categorías de cargos y jurisdicciones, priorizando el acceso de nuestra/os afiliadas/os a los cargos ejecutivos y legislativos nacionales, provinciales y municipales. A tal efecto, podrán establecerse listas de unidad con las demás fuerzas de la coalición o, en su defecto, dirimir la mejor oferta electoral del espacio político en las elecciones primarias, abiertas, simultáneas y obligatorias;
4) las listas de precandidatos deberán tener, al menos, un apoderado/a titular nominado por las autoridades nacionales o distritales de la Unión Cívica Radical;
5) los acuerdos electorales distritales deberán contemplar las condiciones políticas locales. En el marco de las elecciones primarias, abiertas, simultáneas y obligatorias, las boletas de sufragio de todas las listas de precandidatas/os a cargos legislativos de orden federal, ejecutivos y legislativos de orden provincial, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires o municipales podrán adherirse a las boletas de sufragio de todas las listas de precandidatas/os a presidente y vicepresidente de la Nación de acuerdo con la legislación y jurisprudencia aplicable;
6) en el marco de las elecciones primarias, abiertas, simultáneas y obligatorias, las boletas de sufragio de todas las listas de precandidatos/as a presidente y vicepresidente de la Nación podrán adherirse a todas las boletas de sufragio de las listas de precandidatas/os a cargos legislativos de orden federal, ejecutivos y legislativos de orden provincial, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires o municipales de acuerdo con la legislación y jurisprudencia aplicable;
7) las actas constitutivas y reglamentos electorales de las alianzas nacionales y distritales deberán establecer las mismas o más favorables condiciones respecto a los requisitos de los precandidatos/as, órganos, integración de las listas, etc., que las acordadas en el año 2015 para la constitución de “ Cambiemos”.
ARTÍCULO 5°. Delegar la aprobación de la gestión de la Comisión de Acción Política y la decisión final sobre la constitución de la alianza electoral en la Mesa Directiva del Comité Nacional y los presidentes de bloques e interbloques parlamentarios nacionales de la Unión Cívica Radical.
Ciudad de Buenos Aires, 27 de mayo de 2019.

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